Ignorar para preguntar y preguntar para saber, eso es aprender.

Preguntas Frecuentes

Asesoría Contable

¿Que requisitos deben tener las facturas que emito y las que recibo para que sean válidas a efectos contables y fiscales?
Las facturas recibidas deben cumplir: – Debe aparecer FACTURA, estar numerada y poner los datos de quien la emite (Nombre, dirección y CIF) y los datos de quién la recibe (Nombre empresa , dirección y CIF) y aparecer desglosado el IVA. Hay muchos proveedores que si no dices nada te dan un albaran o una nota que no tiene efecto de factura. Para que sea deducible en Sociedades bastaría en principio con que vinieran los datos completos de quién la emite. (Fras. gasolina, restaurante), pero siendo lo más correcto que aparezcan detalladas como te he puesto en el párrafo anterior. En cuanto a las facturas emitidas deben cumplir los mismos requisitos que las recibidas. Comentar que en caso de colectivos específicos existe la posibilidad de documentos sustitutivos de factura.
¿Con que periodicidad es conveniente entregar la documentación contable a la asesoría y cuales son las fechas tope ?
La periodicidad depende de la documentación generada por la empresa y de la necesidad de que la información contable sea necesaria para el control de la empresa, por no disponer de métodos complementarios. Esa periodicidad puede ser quincenal, mensual, bimensual o trimestral. Las fechas tope son aproximadamente los doce primeros días de los meses de abril, julio y octubre y los 24 primeros días del mes de enero. Dicha fechas topes vienen marcadas por las fechas límite para la presentación de las declaraciones fiscales. En función de las necesidades concretas de cada empresa esa fecha es flexible en día
¿Que información de tipo bancario se necesita y que utilidad me ofrece su contabilización ?
Como ya comentamos en una pregunta anterior la documentación bancaria está compuesta por los extractos enviados por las entidades y los justificantes asociados a ellos. En algunos casos los bancos no ofrecen determinados justificantes por lo que se hace necesario por parte de la empresa el conservarlos para el correcto control (p. ej. en el caso de ingreso de cheques de clientes es necesario o realizar fotocopias de los mismos o guardar la carta de pago enviada por el cliente o conservar el documento de ingreso en banco con anotación de la factura a la que pertenece) Su contabilización es la base para saber el estado de las deudas y créditos de la empresa. Aparte de que se utilicen controles complementarios la contabilidad ofrece en una fecha dada el estado de cada cuenta de cliente o proveedor.

Asesoría Fiscal

¿Cada cuanto tiempo se presentan las declaraciones fiscales?
En general las declaraciones de IRPF e IVA se presentan trimestralmente. Además con carácter anual se presentan los resúmenes de IRPF, IVA y el Impuesto sobre Sociedades. Nosotros nos ocupamos de preparar las liquidaciones, anticiparle el resultado de las mismas y en su caso presentarlas en Hacienda si estan de acuerdo.
¿Que impuestos tiene que pagar una Sociedad?
Con carácter general debe ingresar las cantidades retenidas ya sea a sus trabajadores, o a los profesionales con los que colabore.También debe ingresar las retenciones por alquiler o rendimientos del capital mobiliario que haya pagado, en su caso. Igualmente debe pagar el importe que resulte de restar el IVA soportado, a el IVA que haya repercutido. En función de la marcha del negocio y si ha obtenido beneficios deberá pagar en concepto de Impuesto sobre Sociedades, cantidades que oscilan entre el 20% y el 30%, dependiendo de diferentes factores..
¿Si no puedo pagar en un momento dado es posible aplazar y fraccionar el pago?¿Necesito garantías?
Sí, nosotros nos ocupamos de preparar la solicitud de aplazamiento teniendo en cuenta la tesorería y las posibilidades de pago. La necesidad o no de garantías viene marcada por el importe a aplazar siendo necesarias cuando la cantidad aplazada supere las 6.000 EUROS.
¿Es posible aplazar el pago de los seguros sociales?
Sí, simplemente hay que presentar los boletines de cotización y solicitar un aplazamiento ordinario. De esta forma se cumple con la obligación de presentar en plazo los boletines de cotización, la empresa no pierde la condición de estar al corriente de pago y obtiene la posibilidad de abonar el importe, con los recargos correspondientes.

Asesoría Jurídica

¿Como se inician los trámites en la constitución de una sociedad?
El primer paso es solicitar del Registro Mercantil Central una certificación negativa de la denominación social. Para ello necesitaremos conocer los datos personales de un socio fundador.
¿Crean empresas en cualquier Comunidad de España?
Creamos sociedades en cualquier lugar de España ya sea a través de nuestra condición de PAE como independientemente de ella, por ejemplo en los casos en los que no se deseen estatutos tipo para una Sociedad Limitada o para el caso de Sociedad diferentes de la S.L.. Preparamos la documentación y en colaboración con las diferentes Notarías repartidas por España podemos crear su sociedad.

Asesoría Laboral

¿Cuantos días me corresponden por maternidad?
16 Semanas (Párrafo 3º apartado 4º Art. 48 del Estatuto de loas Trabajadores. Ley 39/1999 de 5 de Noviembre. Ley 12/2001 de 9 de Julio y R.D. 1251/2001 de 16 de Noviembre. 2 Semanas más (Acuerdo de Caja Duero para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de 1 de Noviembre de 2007) 10 días naturales y 5 días hábiles más (Letra G, apartado 1, art. 38 del Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros) por la renuncia al derecho de ausencia por lactancia. De las primeras 16 semanas se pueden ceder hasta 10 al padre, cumpliendo los requisitos/trámites establecidos por la Seguridad Social.
¿Es posible que los importes de las nóminas para un mismo trabajador varíen de un mes a otro, aunque no se haya aumentado el sueldo ?
Sí y ello puede deberse a que la retribución sea diaria, lo que ocurre con los grupos de cotización 8 a 11, o a una regularización del tipo de retención aplicable. Hay que tener en cuenta que la empresa debe revisar la retención de sus trabajadores para que ésta sea, en todo momento, la que corresponda en función de las circunstancias personales de cada trabajador.
¿Es posible aplazar el pago de los seguros sociales?
Sí, simplemente hay que presentar los boletines de cotización y solicitar un aplazamiento ordinario. De esta forma se cumple con la obligación de presentar en plazo los boletines de cotización, la empresa no pierde la condición de estar al corriente de pago y obtiene la posibilidad de abonar el importe, con los recargos correspondientes.